Se otorga a trabajadores de empresas con convenio de colaboración con Caja ICAG, el solicitante requiere de un visto bueno de la empresa donde presta sus servicios, los pagos se descuentan de la nómina del trabajador, la capacidad de pago no debe exceder el 30% permitido por Ley, no requiere reciprocidad, 6 meses de antigüedad mínima del empleado en la empresa
Los recursos depositados en estas cuentas están protegidos por el Fondo de Protección a que se refiere el título Cuarto de la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de ahorro y Préstamo, hasta por 25000 Unidades de Inversión por socio ahorrador de Cooperativa ICAG, de acuerdo a las dispociones que establezcan el Comité Técnico y Comité de Protección al Ahorro Cooperativo del Fideicomiso que lo administra.
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